En este artículo vamos a desgranar paso a paso cómo es el desarrollo de principio a fin de un desahucio.
En primer lugar, la fecha y hora fijada para el mismo será comunicada a la parte que va a ser desalojada, o bien a través de su procurador en caso de que lo tenga, o sino ha atendido los requerimientos a través de edictos.
Llegado el día, en el inmueble se personarán una pareja de policías, la comisión judicial, formada por miembros del juzgado, el procurador que representa al propietario, el propietario si decide asistir también y un cerrajero.
En primer lugar se procederá a llamar a la puerta para comprobar si en el interior del inmueble hay alguna persona, y puede darse distintas situaciones:
- Que haya gente en el interior del inmueble. La comisión judicial les mostrará la orden de desahucio, que ya les ha dio notificada igualmente, y les indicará que deben abandonar el inmueble. Si acceden, se les concederá algo de tiempo para que recojan sus cosas principales y puedan salir. Si no, la policía que asiste al lanzamiento, les obligará a hacerlo por la fuerza.
- Que no haya nadie en el interior del inmueble. Entonces se procederá a acceder con las llaves del propietario siempre que se pueda, pues no es poco habitual que los inquilinos u okupas hayan cambiado la cerradura sin avisar al dueño, dejando inútil así el juego que aquel tiene. Ante esta situación el cerrajero procederá a abrir la puerta. En caso contrario se accederá con las llaves con normalidad.
Una vez la puerta abierta y comprobado que no hay nadie en el interior del inmueble, accederán todos los allí presentes para la comprobación del estado del mismo. De lo que se dejará constancia en el acta que la comisión judicial levantará sobre el desahucio practicado. Es muy conveniente llegados a este punto indicar que siempre ha de incluirse un inventario en el contrato de arrendamiento, como indicamos en más detalle en el post “El inventario en el contrato de arrendamiento”, pues así, será mucho más fácil esta tarea de dejar constancia y con testigos de cómo se dejó el inmueble. No es lo mismo que se firme que la casa estaba sucia o descuidada, que que se pueda comprobar a través del inventario aportado con el contrato a la demanda, que la casa tenía equis sillas y ahora otras, o que había tales electrodomésticos y que ahora no estén… una vez dejada constancia sobre el estado del inmueble, todos los presentes firmarán el acta de lanzamiento, que podrá servir al propietario para reclamar los daños del inmueble.
A continuación y por último, el cerrajero procederá a cambiar la cerradura otorgando al propietario, o procurador para que se las haga llegar en caso de que este no asista, las nuevas llaves de su inmueble.