Hoy contamos el caso de una señora que acude a nosotros con el siguiente problema. Vivía en un pueblo de León y disponía de una vivienda en propiedad en Madrid que no tenía alquilada. Una familiar le pide si su nieto podría alojarse allí durante el curso de sus estudios, que tenía que realizar en esa ciudad. Nuestra clienta y propietaria del inmueble le dice que sí y le permite la estancia durante todos los años que los estudios del joven duran, cinco en total, y a coste cero.
Pasado este periodo, el joven comienza a trabajar y continúa viviendo en Madrid y en casa de nuestra clienta. Inicia una convivencia con una pareja e incluso tienen un hijo, viven los tres en el inmueble y a coste cero. Nuestra clienta quiere recuperar su vivienda para poder alquilarla y acude a nosotros asustada porque cree que al no tener contrato con este señor no podrá echarle. Le explicamos que no tiene de qué preocuparse y que sí existe forma legal de recuperar su casa. Y es a través de una demanda de desahucio precario. Para conocer más en detalle sobre este proceso, consultar nuestro artículo “El desahucio precario”.
Esta demanda es para casos en los que los habitantes del inmueble carezcan de un justo título que los legitime para estar en el mismo. Es importante distinguir entre la falta de un justo título y la existencia de un contrato verbal.
El contrato verbal supone un justo título, y tiene el mismo valor que uno escrito. La diferencia entre ambos, tan sólo está en que será más complejo demostrar la existencia de ése que la de uno escrito, pues para probar la existencia de este último bastará con aportarlo, mientras que para evidenciar la del primero habrá que valerse de otras pruebas que efectivamente evidencien su existencia.
Así por tanto, y volviendo al caso que nos ocupa, en este caso de trata de un desahucio precario porque no existe contrato alguno entre ambos. El inquilino jamás pagó una mensualidad a nuestra clienta ni ésta lo trató nunca como a un inquilino, sino como a alguien cercano a quien hacía un favor. Es posible por tanto para la legitima dueña recuperar la posesión de su inmueble a través de una demanda de desahucio precario.
Y misma solución será la idónea para todos aquellos que se encuentren en ésta o parecida situación. Si hemos prestado cualquier inmueble de nuestra propiedad, de forma gratuita y sin que exista ningún contrato de alquiler por medio, y a la hora de solicitar la marcha y devolución de la posesión encontramos pegas, excusas o la negativa de quienes lo ocupan, podremos acudir a este procedimiento, para recuperar la misma.