Son muchas las ocasiones en las que o bien una pareja sentimental, o un grupo de personas, conviven compartiendo casa y una o varias de ellas dejan de hacerlo con el contrato de alquiler aún en vigor. Centrándonos en este caso de pareja sentimental en concreto, y para dar respuesta a la pregunta concreta que da título a nuestro artículo, es importante diferenciar si el contrato está a nombre de los dos o de uno solo de ellos.
Así, habrá dos formas de proceder en función de este aspecto:
- Si el contrato de alquiler está a nombre de sólo uno de ellos:
- El contrato está a nombre del miembro de la pareja que se queda residiendo en el inmueble: no será necesario ningún cambio, se trata de una situación en la que una persona tiene un contrato de alquiler de una vivienda y reside en ella junto a su pareja sentimental, que lo hace sólo en base a su consentimiento. En caso de que ésta pareja dejara el inmueble, el contrato continúa sin variación ninguna.
- El contrato está a nombre del miembro de la pareja que deja de residir en el inmueble: en este caso lo recomendable es dar por finalizado el contrato de alquiler, y si el otro miembro de la pareja decide continuar viviendo en el inmueble sea él o ella quien celebre un nuevo contrato de alquiler con el propietario de la casa. De lo contrario, cualquier incumplimiento o falta por parta de la ya ex pareja del legítimo inquilino será repercutido a éste, que es quien figura legalmente como tal.
- Si el contrato de alquiler está a nombre de los dos:
1) Que ambos quieran dejar de vivir en la vivienda: en este caso ambos habrán de terminar el contrato con el propietario de la misma.
- Que uno de ellos quiera continuar viviendo en el inmueble: en este caso será fundamental el consentimiento del arrendador para continuar el contrato exclusivamente con uno de los hasta ese momento dos inquilinos, no bastando por tanto la mera decisión del inquilino que quiere terminar.